Los recursos administrados por las Afores son sólo de los trabajadores y de sus beneficiarios, en caso de fallecimiento.
De acuerdo con la Ley del Seguro Social en su artículo 302, establece que el derecho del trabajador o pensionado y, en su caso, de sus beneficiarios a recibir los recursos de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez es imprescriptible. Dicho artículo no da ninguna excepción para que este derecho prescriba.
Si no sabes si tienes alguna cuenta de Afore, o en dónde quedó porque ha pasado un tiempo desde tu último empleo formal, estos son los pasos para actualizar tu información y mantenerte al tanto de tu cuenta.
Cabe recordar que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), es la autoridad que regula, coordina y supervisa a las Afores y al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), que es el fondo donde se encuentra tu dinero.
TE PUEDE INTERESAR: Al alza Afores de los trabajadores.