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Pago de colegiaturas y transporte escolar pueden ser deducibles de impuestos

Fernando Castilla | 26/08/2024 | 15:39
Fernando Castilla
26/08/2024 | 15:39

De acuerdo con el SAT, para deducir la colegiatura y el transporte escolar el pago debe hacerse mediante cheque, transferencia electrónica o tarjeta de crédito y débito, ya que la deducción no procede si el pago es en efectivo.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los pagos por colegiatura y transporte escolar pueden ser deducibles de impuestos en la declaración anual de personas físicas.

De acuerdo con el SAT, para deducir la colegiatura y el transporte escolar el pago debe hacerse mediante cheque nominativo, transferencia electrónica desde una cuenta bancaria del contribuyente o tarjeta de crédito y débito, ya que la deducción no procede si el pago es en efectivo.

Además, la deducción de colegiaturas es conforme al nivel que se curse en instituciones educativas privadas con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, de acuerdo al padrón de escuelas que expiden comprobantes con requisitos fiscales.

Para deducir, la factura debe incluir el complemento de colegiaturas por la institución educativa en donde se desglose dichos pagos.

Para saber si el colegio expide comprobantes con requisitos fiscales entra AQUÍ.

 

Fernando Castilla
Autor: Fernando Castilla

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