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¿Puedo hacer retiros de mi cuenta de Afore?

HABLEMOS DE DINERO | 13/12/2022 | 19:42
HABLEMOS DE DINERO
13/12/2022 | 19:42

¿Un trabajador puede retirar recursos de su fondo de ahorro antes de llegar al retiro? La respuesta es sí, con sus asegunes.

El ahorro para el retiro es un proyecto de largo plazo. Se construye a lo largo de la vida productiva del trabajador, para convertirse en un patrimonio a ser utilizado cuando dejamos la vida laboral. Por eso cobra relevancia conocer los casos en que pueden hacer retiros de ese fondo, más allá del claramente relacionado con el momento de la pensión.

Así que vamos por partes.

¿Un trabajador puede retirar recursos de su fondo de ahorro antes de llegar al retiro? La respuesta es sí, con sus asegunes.

Existen tres modalidades de retiro: por pensión de cesantía en edad avanzada o vejez; y en caso de que un trabajador no logre acumular las semanas mínimas de cotización y obtenga una “negativa de pensión”. En ambos casos, se realizan retiros del total de recursos acumulados en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore).

En la ley se considera también la posibilidad de hacer retiros parciales, esto es, antes de llegar a la edad de pensionarse. Pero es en casos muy específicos:

A) Ayuda por gastos de matrimonio, que aplica para los trabajadores que cotizan al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

B) Retiro por desempleo, del que participan los trabajadores afiliados al IMSS y aquellos que prestan sus servicios al Estado y cotizan en el ISSSTE.

C) Retiro de aportaciones voluntarias.

En Hablemos de Dinero tuvimos en estos días una plática con Raymundo Orellan Sánchez, gerente de Unidades móviles y servicio al cliente de Sura Asset Management México, y Luis Felipe Briseño, director de Relaciones institucionales de la Amafore, que puedes ver aquí: https://youtu.be/wi-RV930Tbg.

Raymundo y Luis Felipe nos hablaron sobre la importancia de que los trabajadores tengan claridad sobre las modalidades de disposición del ahorro para el retiro, ya sea cuando llega el momento de hacerlo en su totalidad o en caso de que se haga uno parcial.

En el caso del ahorro para el retiro, nos explicaron nuestros invitados, la disposición del total de los recursos se hace cuando el trabajador cumple sesenta y cinco años de edad y adquiere el derecho a disfrutar una pensión por:

  • Cesantía en edad avanzada
  • Vejez
  • Invalidez
  • Incapacidad permanente o total
  • Tiene un plan privado establecido por su patrón o mediante negociación colectiva.

En el caso de los retiros parciales debemos tomar en cuenta un punto por demás relevante, según nos explicaron Raymundo y Luis Felipe. Al momento de disponer de los recursos (en el caso de matrimonio se pueden tomar una sola vez; los de desempleo una vez acreditados 45 días en esa condición) se pierden semanas cotizadas en una relación proporcional al monto dispuesto.

Esto es relevante porque, una forma de verlo, el trabajador está tomando hoy recursos que tenía guardados para el futuro: está gastando el dinero de mañana. Claro, la ley establece la posibilidad de reponer esas semanas cuando el panorama laboral mejora. Pero hay que tenerlo bien presente, para evitar sorpresas.

HABLEMOS DE DINERO
Autor: HABLEMOS DE DINERO

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